miércoles, 6 de marzo de 2013

Me pongo en tus manos

"Me pongo en tus manos" Es una frase que he venido oyendo en los pacientes de los médicos, pero también la he escuchado con algún cliente que tras acudir a mi con un problema, estudiarle el caso y empezar a actuar, me ha dicho "en tus manos estoy, confío en ti para que me soluciones este problema".

By Extraordinary Chambers in the Courts of Cambodia (Flickr: 31 Aug 2011)
[CC-BY-SA-2.0 (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.0)]
Hoy voy a hablar de la relación con el cliente desde la perspectiva del abogado. Muchas veces la relación cliente-abogado más bien parece confesor-feligrés o psicólogo-paciente, puesto que muchas veces lo que necesita esa persona de un abogado es que la atiendas como a una persona y entiendas su problema. Es por esto que a veces he escuchado a esa persona desde la perspectiva de abogado como persona y no desde la perspectiva del profesional, puesto que dentro de mi código deontológico, aparte del código de la profesión, entiendo que puedo llegar a satisfacer mejor sus necesidades. Al fin y al cabo esta atención mejora la relación con el cliente, haciendo que confíe en ti más. 

Esa mejor relación ayuda en este trabajo en el que siempre te ves escuchando problemas ajenos, puesto que nadie acude a un abogado sino tiene un problema o no sabe como actuar ante una determinada situación. Todo esto ayuda a explicarle su caso y a que entienda como voy a solventar su caso.

No obstante hay clientes que vienen con una idea preconcebida de lo que le está sucediendo y de cómo quiere hacer las cosas. Es aquí dónde le tienes que explicar que esa idea de lo que le sucede a lo mejor no es como esa persona la ve, puesto que nosotros somos los juristas y somos los que mejor le podemos encuadrar su situación jurídica y decirle realmente como se ve su caso desde la optica jurídica.

Muchas veces la idea que tenemos los abogados es que nuestro oponente es realmente el enemigo y que quién nos paga es amigo y no es cierto de tal modo, puesto que hay casos en los que el cliente, actua por su cuenta no haciendo caso de tus directrices e incluso contraviniendo tu consejo hace otras ciertas cosas. El cliente te presiona para que luches y te pelees como lo haría él en juicio contra la otra parte, pero nosotros somos los que sabemos manejar el asunto en la sala de vistas y no por ello no debemos dañar nuestra imagen profesional y además de una simple razón de que con quién te peleas es tu compañero, que hoy puede estar defendiendo a la otra parte pero mañana te puede ayudar en otro caso.

Por último decir que el cliente cree que su caso es el único que tienes y el más importante, es por esto que debes actuar en la relación con el cliente para demostrarle que efectivamente su caso es importante, como todos los que llevas.

¿Os han dicho "Me pongo en tus manos" o habéis sido vosotros los que las habéis pronunciado? ¿Cómo fue la experiencia? ¿Fue a un abogado? 

viernes, 18 de enero de 2013

Animales en la playa

Creative Commons
El otro día paseando por la playa observé a una pareja que llevaba a su perro. Estaban jugando con él. Ahora bien, me surgió la duda de si su actuación además de ser entretenida era adecuada a la normativa. Con esto no quiero decir que tenga algo en contra de esa pareja o de los perros, sino que en la playa de la ciudad en la que yo crecí pues estaba prohibido el acceso con perros a la playa y al ver a esta pareja con su perro en la playa pues me surgió la duda de si cumplía la normativa.

Para el desglose de la normativa tenemos que empezar a nivel estatal. Pues bien, la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas, no indica nada respecto a los animales de compañía ya que se centra en velar por la conservación del medio costero, centrándose en materias como urbanismo y medio ambiente. Es decir, protege las construcciones, servidumbres de paso... además de controlar vertidos y demás elementos nocivos. 

En esta misma ley indica las diferentes competencias que asumirán tanto las Comunidades Autónomas como las Entidades Locales (ayuntamientos). La legislación autonómica sigue los pasos de la estatal y no aclara nada respecto a los animales de compañía, a excepción de la normativa de protección de espacios naturales. En España tenemos diferentes espacios naturales como pueden ser El parque natural del Cabo de Gata-Níjar en Almería o El parque natural de la Albufera en Valencia, dónde velan por el medio ambiente de esos ecosistemas.

La Ley de costas nos indica las competencias de los ayuntamientos, entre las que están, las de encargarse de "mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad..."

Ahora bien, dicho todo esto. Quién realmente regula la estancia de animales de compañía son los ayuntamientos costeros, por lo tanto habrá que ver la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento en cuestión. Yo os voy a comentar de la ciudad de Valencia. 

El Ayuntamiento de Valencia aprobó la Ordenanza municipal de utilización de las playas y zonas adyacentes publicándose en el Boletín correspondiente el 18 de mayo de 2010. En esta ordenanza viene recogido en su Título VI la presencia de animales en las playas. El ayuntamiento de Valencia prohíbe, en cualquier época del año, el acceso a las playas con animales de compañía a excepción de animales guías, siendo responsable el dueño o el acompañante del animal. 

Las sanciones correspondientes a esa actuación van desde los 750€ hasta los 3.000€. No obstante, huelga decir que antes de sancionar esta previsto que puedan realizar un "Apercibimiento" verbal a los que infrinjan cualquier precepto de la ordenanza, dónde se encuentra el acceso a la playa con el perro.

CONSEJOS:
  • Son los ayuntamientos los que deben velar por mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad,  regulando normativamente todo esto.
  • Por lo tanto debes de asegurarte, informándote, de que el Ayuntamiento, a través sus ordenanzas municipales permita o no permita el acceso a la playa con animales de compañía, así cómo las sanciones por infringir la normativa.
  • Vigila los carteles de las playas, puesto que suelen indicar si es posible el acceso con perros o no.
  • Ten especial cuidado cuándo se trate de una playa situada en un espacio natural protegido, puesto que será más restrictivo y deberás protegerlo tú también. Y mi consejo es que te pongas en contacto con la consejería de medio ambiente correspondiente.